Ropa laboral
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La ropa que ha de utilizarse de en el puesto de trabajo dependerá de las propias condiciones del mismo y de los posibles riesgos que entre su desarrollo se puedan generar.
Si el trabajo a desarrollar implica situaciones en las que el trabajador pueda verse afectado por impactos, por frío, por contacto con agentes químicos, por contactado con electricidad, etc, deberá de proporcionársele un equipo de protección individual (EPI) adecuado a los riesgos a los que puede verse sometido.
Cada trabajo y cada situación de riesgo precisará de una ropa específica y adecuada a los posibles accidentes que de él se deriven.
En el caso de que un trabajador sean autónomo, él mismo deberá hacerse con los equipos de protección individual ojos ropa de trabajo que necesite.
En el caso de que un empresario o una empresa tengan a su cargo al trabajadores, esta será la responsable de proporcionar a todos y cada uno de sus trabajadores la ropa de trabajo adecuada para la actividad que se va a desempeñar, así como de vigilar el buen uso de la misma y de resto de los equipos de protección necesarios.
La ropa de trabajo deberá ser de la talla de los trabajadores sin que deba quedar demasiado holgada ni demasiado prieta para facilitar el movimiento y la comodidad de los usuarios de la misma.
La empresa deberá entregar, al menos, un uniforme a cada uno en de sus trabajadores siempre y cuando el uso de este uniforme este detallado en el contrato laboral o sea el propio riesgo que este trabajo genera así lo requiere.
Lo normal es que, en los casos en los que se obliga a llevar uniforme, la empresa facilite dos uniformes aledaña a todos sus empleados para que, de esta forma, puedan tener recambio.
Además, los trabajadores que realizan sus trabajos en exterior o que sufren el calor del verano, suelen tener también uniformes de verano que les protege del calor.
La legislación laboral no contempla un uso obligatorio de uniforme de forma general, aunque si en aquellas ocasiones en las que la propia seguridad el empleado se pueda ver afectada en el desarrollo del trabajo.
Es posible que aun no siendo obligatorio por ley, la empresa pueda tener una normativa propia sobre vestuario laboral, según la actual pueda obligar al trabajador a vestir diferentes tipos de ropa de trabajo, siempre que esté indicado en el propio contrato de trabajo.
Esta obligación de usar uniforme puede aportar muchas ventajas al trabajador como pueden ser: seguridad, comodidad, higiene o marca.
Si en el contrato de trabajo no está estipulado la obligación de vestir uniforme la empresa no estaba obligada a facilitarlo, no así en el caso de que el trabajo, por sus propias características, precise de una protección especial por posibles riesgos en el desarrollo del mismo.
En el caso de que este trabajo esté incluido en la Ley de prevención de riesgos laborales 31/1995, el empresario estará obligado a facilitar a todos y cada uno de sus empleados los equipos de protección individual y los uniformes que el propio trabajo precise para evitar riesgos personales. Si el empresario no hace entrega de estos equipos tendrá una penalización y una responsabilidad en el caso en del accidente del trabajador.
Dependiendo de sí la empresa tiene o no normas internas en cuanto al vestuario, se deberá usar un tipo de ropa u otra.
Si la empresa que ha entregado un uniforme obligatorio, deberás llevarlo de este primer hasta el último día de trabajo puesto que así estará reflejado en el contrato. Sí el puesto de trabajo requiere de un uso de uniforme determinado por las propias características y riesgos que el trabajo puede suponer, el empresario deberá entregarte el equipo de protección pertinente y tú como trabajador estarás obligado a su buen uso y cuidado para que este uniforme o equipo de protección pueda cumplir su objetivo.
Es muy importante elegir bien la ropa de trabajo. En muchos sectores se precisa de una ropa de trabajo específica que garantice la seguridad, la visibilidad y la distinción como puede ser los cocineros, los médicos, los trabajadores de la construcción, los cuerpos de seguridad o los asesores de imagen entre otros.
Esta ropa de seguridad debe cumplir con las normas de calidad y con los estándares de seguridad necesarias de tal forma a que se reduzcan los riesgos del trabajador y aumenten su protección.
La ropa deberá cumplir con unas características principales: cómoda y ligera, transpirable, de seguridad y visibilidad.
Al igual que el empresario está obligado a dotar a los trabajadores de los equipos de protección y uniformes obligatorios, el trabajador debe utilizar la dotación que el empleador le ha suministrado.
En el caso de que el trabajador no cumpla con la parte que le corresponden podrá ser sancionado sea el uso de la ropa de seguridad o del uniforme este carácter obligatorio.
El empresario, por su parte, deben cumplir con el deber de vigilancia en el caso de que los trabajadores están obligados para llevar equipo de seguridad para garantizar su integridad física.
Dependiendo del trabajo de que se trate, no se podrá llevar determinado tipo de ropa.
En el caso de trabajos que requieran de una ropa especial o de equipos de protección, los trabajadores no podrán vestir una ropa diferente a la que le ha proporcionado el propio empresario para su seguridad y por imperativo legal.
En el caso de trabajos que no requieran de uniforme o de ropa especial, es aconsejable no usar, por ejemplo, pantalones cortos o sandalias en oficinas para no dañar la imagen de la propia empresa, aunque sean en periodos de calor.
Los tipos de uniformes los podemos clasificar según la función que tengan que desempeñar.
Existen diferentes uniformes y laborales por diferentes razones como puede ser por comodidad, por poner al mismo nivel a todos los trabajadores de la empresa o por seguridad.
En el caso de estos últimos, estos son las más relevantes:
Uniformes de alta visibilidad: permiten que una persona sea visible en zonas y horarios de poca luz.
Ropa laboral térmica: tanto para entornos de calor como para entornos de frío.
Uniformes sanitarios: protegen contra riesgos biológicos y químicos.
Ropa laboral para riesgos mecánicos: protegen de daños más físicos que los anteriores.